Política de Devolución
1. CANCELACIÓN ANTICIPADA A SOLICITUD DEL ASEGURADO.
No obstante lo establecido en cláusula especiales y condiciones generales, queda establecido que si durante el periodo de vigencia de la póliza existen siniestros indemnizados o por indemnizar en relación a cualquiera de los riesgos cubiertos, y siempre que estos pagos representen más del valor de la prima anual de la vigencia, la compañía ejercerá el derecho de no devolución de prima.
2. TERMINACION ANTICIPADA
El Asegurado podrá dar por terminado este contrato mediante aviso por escrito a la Compañía, indicando la fecha en que la presente Póliza debe cancelarse. La Compañía, al aceptar la cancelación, reembolsará al Asegurado la prima no devengada por el tiempo que falte por transcurrir para el vencimiento natural de la Póliza, de conformidad con la tabla para seguros de término corto siguiente:
Si la cancelación fuese debida a la sustitución de la presente Póliza por otra de esta Compañía, la prima no devengada se calculará a prorrata y será aplicada al pago de la prima correspondiente a la nueva Póliza.
En caso de robo o pérdida total del vehículo asegurado, la Compañía ejercerá el derecho a cobrar la prima anual correspondiente al vehículo siniestrado, la cual se descontará de la indemnización.